A/HRC/13/40/Add.1
presidente del Congreso Judío Latinoamericano. Según el presidente del Congreso Judío
Latinoamericano, el diálogo se realizó en términos cordiales y resultó muy fructífero.
253. Asimismo, el Gobierno informa acerca de las acciones emprendidas por el
Ministerio Público para esclarecer el caso. En esta dirección, se informa que fue
comisionada la Fiscalía Cuadragésima Primera del Ministerio Público a Nivel nacional con
Competencia Plena, a cargo del abogado C. Q., quien ordenó la práctica de todas las
diligencias necesarias para lograr el total esclarecimiento de los hechos.
254. Además, se informa que el 10 de febrero del año 2009, la mencionada
Representación Fiscal compareció ante el Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en
Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los
fines de asistir a la Audiencia de Presentación de 8 ciudadanos, precalificando los hechos
cometidos por éstos como asociación para delinquir, robo agravado y profanación de
lugares destinados al culto. De igual manera, les fue atribuido a otros tres ciudadanos,
además de los tres delitos antes mencionados, la presunta comisión del delito de simulación
de hecho punible, para uno de ellos, ocultamiento de arma de guerra, para otro, y peculado
de uso para el último. Se ordenó, además, la privación de la libertad de todas estas personas.
255. El referido órgano jurisdiccional designó como lugar de reclusión para los
imputados el Internado Judicial Rodeo 2, Sección de Funcionarios, excepto para una
ciudadana, respecto de quien se ordenó la reclusión en el Instituto Nacional de Orientación
Femenina.
256. El día 19 de febrero del año 2009, el Fiscal comisionado compareció ante el Juzgado
Vigésimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal,
a los fines de realizar el Acto de imputación de 6 de las personas antes referidas, por la
presunta comisión de los delitos de robo agravado en grado de complicidad correspectiva,
actos de desprecio contra un culto, asociación para delinquir y el concurso real de delitos.
Igualmente, se le imputó a una de estas personas, además de los delitos mencionados ut
supra, la presunta comisión de los delitos de simulación de hecho punible. Asimismo, se le
atribuyó a dos de estas personas, la presunta comisión de los delitos de robo agravado en
grado de complicidad, actos de desprecio contra un culto, asociación para delinquir,
ocultamiento de arma de fuego y el concurso real de delitos. Finalmente, se le imputó a uno
de los ciudadanos antes referidos, la presunta comisión de los delitos de robo agravado en
grado de la complicidad correspectiva, actos de desprecio contra un culto, asociación para
delinquir, peculado de uso y el concurso real de delitos.
257. Sobre el caso de la comunidad católica, el Gobierno informa que el grupo Colectivo
la Piedrita es actualmente investigado por el Ministerio Público por este y otros seis hechos
en los que estaría implicado por presuntos ataques a medios de comunicación social.
También el Gobierno informa que, sobre el líder del grupo Colectivo la Piedrita, pesa una
orden de privación de libertad emanada a solicitud del tribunal penal competente.
(c)
Observations by the Special Rapporteur
258. The Special Rapporteur is grateful that the Government of Venezuela replied to her
communication of 10 February 2009.
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