A/HRC/11/7/Add.3 page 37 VII. RECOMENDACIONES 121. La actual Ley de Migración es una ley que contiene numerosas imprecisiones, lo que conlleva a que en numerosas ocasiones se produzcan irregularidades y abusos en contra de la población migrante. El Relator Especial invita al Gobierno a poner en marcha un proceso de armonización de la actual Ley de Migración y su Reglamento con las disposiciones previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Guatemala, en especial la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. 122. En la práctica se comprueba que no existe una regulación nacional integral sobre materia migratoria lo cual se traduce en una descoordinación importante entre las distintas instituciones competentes del Estado en temas migratorios. El Relator Especial insta al Estado a reforzar de manera efectiva los mecanismos de coordinación en materia de migración. 123. El Relator Especial alienta al Estado a presentar el primer informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole adoptadas para dar efecto a las disposiciones de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares. 124. El Relator Especial considera que la cooperación regional es fundamental en la promoción y protección de los derechos de los migrantes. En este sentido, invita al Gobierno a mantener su participación activa en los procesos regionales existentes. 125. El Relator Especial recomienda que se intensifiquen los esfuerzos conjuntos de los países de la región en la búsqueda de acuerdos multilaterales con los países de origen y destino, que refuercen la protección de los derechos humanos de los migrantes en

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